Residencia por violencia intrafamiliar o de género

RAZONES HUMANITARIAS

Permiso para víctimas de violencia intrafamiliar o de género

Mujer víctima de violencia de género

Este permiso se otorgará a aquellas mujeres extranjeras que han sido víctima de violencia intrafamiliar o de género, cuando así lo haya calificado un Tribunal de Familia.

En aquellos casos en que la conducta sea constitutiva de delito, también podrá realizar esta calificación el Ministerio Público o el Tribunal que tenga a su cargo el asunto.

Esta solicitud será ingresada en el Portal de Trámites Digitales por alguna de las entidades individualizadas en el párrafo anterior.

Sí, en el caso de ser residente temporal en calidad de dependiente de cualquier subcategoría, y si has iniciado procedimientos judiciales por ser víctima de delitos de violencia intrafamiliar, los cuales terminaron mediante sentencia condenatoria, podrás solicitar Residencia Temporal en calidad de titular.

Este permiso se te otorgará mediante resolución sin más trámite, en calidad de titular, previa remisión al SERMIG, de copia autorizada de la sentencia firme y ejecutoriada por parte del tribunal respectivo.

En aquellos casos en que se hubieren iniciado acciones legales por delitos constitutivos de violencia intrafamiliar, pero no mediante sentencia, con la presentación de un certificado de la causa emitido por el Ministerio Público, que acredite tu calidad de víctima, el SERMIG te otorgará un permiso de Residencia Temporal en calidad de titular hasta el término del proceso judicial respectivo, el cual podrás prorrogar en caso de necesitarlo.

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